miércoles, 25 de febrero de 2015


COMO INSCRIBIR A TU HIJO EN ESSALUD


Para inscribir a tu hijo en las oficinas de Essalud tienes que acercarte a las oficinas de Aseguramiento ubicadas en diversos distritos de Lima y en Provincias,

REQUISITOS
Es ideal y un requisito indispensable presentar el D.N.I del Padre o madre titular y del hijo, no se aceptan fotocopias, lo ideal es que los hijos solo estén inscritos por un seguro ya sea del padre o de la madre para evitar conflictos posteriores, si uno de los padres deja de laborar el otro puede inscribir a los hijos nuevamente.
* DNI original del titular e hijo
* Formulario 1010 con los datos del niño, firmado y sellado por el representante legal de la empresa.
Con esos sencillos documentos puedes escribir a tus hijos, si recién has empezado a laborar lo ideal es que lleves otro formulario 1010 con tus datos y con tus primeras boletas, este formulario lo obtienes en las agencias de ESSALUD o en el siguiente Link

FORMULARIO 1010


 
 


REQUISITOS PARA OBTENER LA COBERTURA ESPECIAL DE LATENCIA


En caso de desempleo los asegurados regulares pueden contar con la Cobertura Especial por Desempleo. Esta cobertura le permitirá atenderse en EsSalud durante un periodo máximo de hasta 12 meses dependiendo del número de aportes que cuente dentro de los 3 últimos años anteriores a la fecha del cese.

TIEMPO DE APORTACION PERIODO DE ATENCION

Entre 05 y 09 meses 02 meses de Latencia
Entre 10 y 14 meses 04 meses de Latencia
Entre 15 y 19 meses 06 meses de Latencia
Entre 20 y 24 meses 08 meses de Latencia
Entre 25 y 29 meses 10 meses de Latencia
Entre 30 y 36 meses 12 meses de Latencia

Para contar con este seguro deberá presentar los siguientes documentos en las Agencias u Oficinas de Aseguramiento:

• DNI del titular
• Solicitud para Derecho de Cobertura por Desempleo, original y una (01) copia simple.
• Documentos que acrediten vinculo laboral con sus ex- entidades empleadoras (copia simple)
• 
Formulario Nº 1022 (*) debidamente llenado.

Al presentar estos documentos se le emitirá la Carta de Latencia donde podrá ver el periodo de atención que le corresponde el cual se inicia al día siguiente de su fecha de cese.
Esta cobertura incluye a sus derechohabientes.

 

 

CONTINUIDAD DE COBERTURA - LATENCIA

La continuidad, es un beneficio que permite al asegurado titular y derecho habiente,(esposo(a), Hijo(a), Concubino(a) de los diferentes seguros que administra ESSALUD, acceder a las prestaciones de salud del actual seguro, sin la aplicación del periodo de carencia, de tres meses, en el cual los asegurados están impedidos de tener derecho de cobertura, salvo casos de emergencia.

Periodo de Carencia
Es el periodo que debe transcurrir para que los afiliados adquieran el derecho de cobertura que ofrecen los Seguros que administra Essalud.

Las personas que se encuentran en periodo de Latencia
y adquieren la calidad de asegurados titulares y/o derecho habientes, la continuidad será otorgada, cuando a la fecha de inicio de trabajo o alta del vinculo familiar, este dentro del periodo de Latencia.

La continuidad en la cobertura, no se aplica a la Madre Gestante de Hijo Extramatrimonial.
 El derechohabiente (cónyuge, concubino, hijo menor de edad, Hijo mayor de edad incapacitado en forma total y permanente para el trabajo) que adquiere calidad de asegurado Titular de Essalud, tiene como plazo para la continuidad, para el reinicio laboral, traslado a otro seguro y/o cambio de condición 30 días calendarios.
Essalud, otorga un plazo de 30 días calendario para que el asegurado inicie un nuevo vinculo laboral, se traslade a otro o cambie de condición:
Seguro Regular y Seguro Agrario Dependiente, se contabiliza desde el día siguiente del cese.
 
Sustento
Resolución N° 11‐GCASEG‐ESSALUD‐2009 que aprueba la Directiva N°
02‐GCAS‐ESSALUD‐2009,”Normas y Procedimiento para la determinación de continuidad en la cobertura.”
 
 
 

 

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